A- de 2024
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Lina Paola Muñoz Cruz·Demandado Secretaria De Transito Y Transporte De Medellin, Itagui Y Bello
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Armenia y el Juzgado Sexto Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Medellín.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Octavo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Armenia, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Al otro operador jurídico se le advirtió que, siempre que advierta un conflicto de competencia en materia de tutela, éste debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este tribunal, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado
- Octavo. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Armenia y el Juzgado
- Sexto. Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Octavo. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Armenia es la autoridad competente para dar trámite al proceso de tutela promovido por la señora Lina Paola Muñoz Cruz.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4587 al Juzgado
- Octavo. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Armenia, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Sexto. Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Medellín, en el sentido de que siempre que advierta un conflicto de competencia en materia de tutela, éste debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este tribunal, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante y al Juzgado
- Sexto. Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Medellín.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.